El pasado 1 de agosto fue aprobada la ley 27/2011, sobre la actualización y modernización del sistema de la Seguridad Social, estableciéndose la integración del Régimen Especial de los empleados de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. Dicha ley entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2012, y los hogares que cuenten en la actualidad con empleados de hogar dispondrán de seis meses para adecuarse a la nueva legislación.
Nueva Ley para el Servicio Doméstico
Una de las modificaciones fundamentales en la ley 27/2011, será la obligatoriedad por parte del titular del hogar familiar de cotizar a la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo, con independencia de que la jornada sea a tiempo completo o por horas y del número de empleadores.
La base de cotización tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales se determinará en función de la retribución percibida por los trabajadores. Para ello, la nueva ley determina una escala tarifada de 15 tramos diferentes.
Por otro lado, mediante el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, se ha procedido a regular los términos y las condiciones laborales del personal doméstico, derogando así el antiguo Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, que venía regulando esta relación laboral de carácter especial.
Muchas han sido las modificaciones realizadas también en este sentido. El deber de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal el contenido de los contratos de trabajo, así como su terminación, la cuantía de las gratificaciones extraordinarias, la exigencia de entregar al trabajador un recibo individual y justificativo del pago del salario o las indemnizaciones correspondientes en caso de extinción del contrato por desistimiento del empleador, entre otras muchas.
Ley sobre el servicio doméstico
Debido a esta nueva regulación del Servicio Doméstico, Interdomicilio ofrecerá asesoramiento a aquellas personas que tengan empleados de hogar contratados bajo el actual Régimen Especial del Servicio Doméstico, informándole de las novedades legislativas y de los trámites necesarios para adaptarse a la nueva ley.
Y si lo prefieres, puedes contratar directamente personal de empresas como Interdomicilio. Contamos con profesionales contratados bajo el Régimen General de la Seguridad Social. Además, todos nuestros servicios están cubiertos con un Seguro de Responsabilidad Civil, y cubrimos los periodos vacacionales y bajas con otros profesionales de nuestra empresa para que no tengas que preocuparte por nada. Más información.
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hola queria saber cuanto me corresponde cobrar,trabajo 8hs diarias hago todas las tareas lavar,planchar,cocinar,levanto la materia fecal de los perros y aveces cosas del gardin y me pagan 2050 y estoy en negro.¿ cuanto me corresponde? gracias
Buenos días: Tengo a una persona trabajando en casa tres horas a la semana y le pago a 11 € la hora. Me gustaría saber cuánto debería pagar yo a la seguridad social, y cuánto tendría que aportar ella. Igualmente quisiera saber qué sucede en el mes de agosto cuando no trabaja, o los meses que algunos días no puede venir y por lo, tanto como es un trabajo por horas, no cobra esas horas no trabajadas. Gracias
Hola! Trabajo en tres casas distintas. En una 2 días a la semana 3 horas. En otra 2 dias a la semana 5 horas. Y en la otra 2 días a la semana 4horas y media. En total cobro 840€¿Como tendría que hacer los contratos? ¿Tendría que hacer en total 3 contratos? ¿Cuanto tendría que pagar por la seguridad social? ¿Me corresponderían las pagas extras enteras? ¿Me correspondería un mes de vacaciones pagadas? ¿Cuanto tendrían que pagar de seguridad social cada una de mis jefas? Gracias.
HOLA YO TRABAJO 3 DIAS A LA SEMANA EN UNA CASA 3 HORAS DIA ME GUSTARIA SABER SI ESTAN OBLIGADOS A HACER CONTRATO Y CUANTO SERIA MI SUELDO Y LA SEGURIDAD SOCIAL QUIEN LA PAGARIA. GRACIAS
Por cuánto me saldría contratar una persona , 8 horas al mes, repartidas en 4 horas cada quince días. Estoy obligado a expedirle contrato escrito?
Gracias
Tengo una persona en mi casa contratada de 8 de la mañana a 7 de la tarde (11 horas de lunes a viernes), cobra 850 €/mensuales + 2 medias pagas en junio y diciembre + mes de vacaciones. Con la nueva ley ¿las 2 pagas extras tendría que pagarlas completas a partir de ahora o no haría falta?
Muchas gracias por su respuesta.
hola quisiera saber yo cuido una señora que esta enferma y ahora el hijo trajo a su madre a casa y yo estoy com las dos por las tardes viene una chica 2 horas para la madre pero yo estoy todo el dia por el mismo sueldo yo trabajo 6 horas diarias 5 dias semananes por 600e quiero saber . com la nueva ley cuamto me tiene q pagar y las extras y vacaciones. graciass
Hola !trabajo en una casa por horas cobrando 7E hora ,no voy muchos dias ,osea que si me rebaja del sueldo mal lo veo.Pero me gustaria saber si yo podria darme de alta por mi misma ,pagarme yo lo seguros y cuanto hay que pagar.Espero tener suerte y trabajar en alguna casa mas ,pero la gente quiere que tengas seguros y no tener que pagarlos.
Buenos días, mis padres de 91 y 88 años, tienen contratada a una persona interna( de nacionalidad hondureña) desde hace dos años, la hemos legalizado, (por lo tanto consiguió su permiso de residencia) el año pasado y pagado su seguridad social.Ahora en febrero la hemos renovado el contrato por otro año, sus condiciones son las siguientes: Pagamos 165€ de seguridad social, 820€ de sueldo, dos medias pagas de 410€ cada una, un mes de vacaciones y todas las semanas libra desde el sábado a las 12:00 hasta el domingo a las 20:00. Por favor me gustaria saber conforme a la nueva ley, que hemos de modificar, que derechos y obligaciones nos corresponde a cada parte y qué tenemos que cambiár. Reciban mi agradecimiento por su información. Espero su respuesta. Un saludo.
¡Hola! Necesito asesoramiento. Tengo una empleada de hogar desde hace años. Sin contrato. Viene 3 días, 3 horas cada día. Le pago 300€ al mes, un dinero extra en Navidades, en julio reducción de días de trabajo (solo dos días de trabajo a la semana) y agosto de vacaciones retribuido. Según la nueva ley, ¿me ajusto en la condiciones del sueldo, vacaciones y extras? ¿tengo olbligación de pagarle la ss? Si es así ¿Cuánto sería? Y ¿dónde se hace el contrato? ¿lo redacto yo misma como los de alquiler?
Agradeciéndole su ayuda, muchos saludos
María José