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El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ya ha publicado en su página web los modelos de contratos para que los empleadores puedan formalizar la contratación de sus empleadas de hogar. Existe un modelo de contrato para servicios de duración determinada, así como un modelo de contrato indefinido, pudiendo celebrarse ambos tanto a tiempo parcial como completo.

¿Cómo contratar a empleadas del hogar con la nueva normativa?

Según marca la nueva normativa el contrato puede celebrarse por escrito o de palabra. Si se trata de contratos de duración superior a cuatro semanas, es obligatorio que el contrato se haga por escrito. Cuando se de este último caso, debe acompañarse copia del mismo junto con la comunicación del alta del trabajador ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Posteriormente, la Tesorería General de la Seguridad Social comunicará el contenido de los contratos al servicio público de empleo competente.

Si un contrato de trabajo no se celebra por escrito y el mismo ha alcanzado una duración superior a cuatro semanas, entonces se presumirá que se ha celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa.

No obstante, la normativa establece que los empleadores dispondrán de un año, a contar desde el 1 de Enero de 2012, para formalizar por escrito los contratos de trabajo vigentes a dicha fecha que, como consecuencia de la nueva regulación, deban celebrarse por escrito. Igual plazo tendrán para adecuarse a la obligación de informar al empleado de hogar sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo.

Nueva regulación de empleadas de hogar

Hace ya unas semanas desde Interdomicilio comenzamos a ofrecer asesoramiento sobre esta nueva regulación de empleadas de hogar así como la tramitación de los cambios necesarios para aquellos particulares que deban acogerse a ella. Además mantenemos como siempre nuestra oferta de personal propio de Interdomicilio en la que el particular no debe preocuparse por la contratación, nóminas y demás trámites asociados al empleo doméstico.

Normativa actualizada:

Para todos aquellos que queráis saber cuál es la normativa que actualmente rige la contratación de las empleadas del hogar, podéis acceder al siguiente enlace para encontrar toda la información.

contrato-y-convenios

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105 comentarios. Dejar nuevo

  • HOLA BUENAS TARDE HABER YO TRABAJO EN UNA CASA LIMPIANDO Y CUIDANDO A UNA SEÑORA MAYOR MIS HORARIO SON DE LUNES A VIERNES DE 09.00H A 15.15H Y LOS SABADO DE 09.00H A 13.30H QUISIRA SABER SI TENGO DERECHO DE ESTAR ASEGURADA Y COMO SERIA SI ES ELLA LA QUE TIENE QUE PAGAR LOS GASTO O LOS TENGO QUE PAGAR YO ESPERO RESPUESTA URGENTE GRACIASS

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  • Hola,

    Tengo una empleada de hogar que viene aproximadamente 4 horas semanales y le pago a 11 Euros/hora, hasta la fecha solo le pagaba por hora trabajada ni extraordinarias ni vacaciones. Cuando me voy de vacaciones o ella no viene como pasa en Agosto que se va con su familia o esta enferma, como decía no le pago. Mi pregunta es con la nueva Ley ¿que obligaciones tengo, pagarle aunque se vaya de vacaciones por estar con su familia o me vaya yo, pagar la SS aunque es ella la que no quiere venir?, ¿que tipo de contrato tengo que hacerle y cuanto tendría que pagar por darla de alta, es una cantidad fija o en función de las horas reales trabajadas? ¿cuando esta enferma que derechos tiene, tambien tengo que pagarle? ¿si tuviera que pagarle extraordinarias y darle vacaciones, que le corresponde? Muchas gracias.

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  • Buenas tardes, gracias por resolver mis dudas del mensaje anterior. El tema ahora en cuestión es que la empleada me dice que le han concedido una ayuda de 400 € hasta Mayo y que por lo tanto no le interesa que le haga un contrato. Me dice que le haga un contrato mercantil de servicios en donde ella dirá que dada de alta en el I.A.E. correspondiente y en el RETA (Régimen General de Autónomos) aunque no lo esté, y será responsable única y exclusiva de sus compromisos deberes u obligaciones tanto de tipo fiscal como laboral. Al parecer la asesoraron en Cruz Roja.
    Independientemente de la poca moralidad del planteamiento, ¿esto podría tener al perjuicio para mí?
    Un saludo

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  • mis padres van a coger una empleada de hogar fija a tiempo total y que pernoctará con ellos ¿cómo debo rellenar el contrato?.No se como repartir las 40 horas semanales ,las de permanencia y las de descanso ya que me indican que tienen.que estar bien aclaradas en el contrato.Cobrará 900 euros mensuales aparte tendrá la manutención y la habitación individual.Tendrá de fiesta desde el sabado a las 11 horas hasta el domingo a las 9 de la noche

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  • tenemos una persona que nos viene a hacer la escalera y portal de la comunidad, viene 3 horas semanales, ella no tiene ningun tipo de seguro, porque hace lo mismo en otras comunidades, tenemos que asegurarla por estas 3 horas?? a cuanto le tendriamos que pagar las horas?? crees que seria mejor recurrir a una agencia? nos saldira mas barato? si ella se pagase un autonomo bastaria? somos 5 vecinos y 2 no estan de acuerdo en tener servicio de limpieza sin las condiciones legales, podemos obligar al resto que quieren tener a la sra. en «negro»???

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  • Tengo una persona que viene dos horas por semana. ¿tengo que darla de alta? en tal caso ¿tendría que realizar un contrato por escrito? A mi no me interesa hacerle un contrato indefinido, sino un contrato de duración determinada, ¿como se debe proceder en ese caso?

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  • mi pregunta es la siguiente: tengo una empleada de hogar que hace 9 horas semanales en mi casa, despues trabaja en 4 casas mas,que tengo que hacer para regularizar esta situación, tiene derecho a el pago de vacaciones,ahora como va por horas si no trabaja no cobra, i la paga de navidad tambien tiene que recibirla vaya lio se me presenta , pues las otras casas donde trabaja son gente de mi misma familia, se tendra que hacer 5 contratos y cinco cotizaciones dependiendo de las horas que hace en cada casa. MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO

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  • Buenos días

    Mi caso es el siguiente: a casa viene una chica a realizar tarea del hogar 3 horas a la semana y le abonamos sus servicios con pago en metálico.

    ¿Cómo nos afecta la nueva ley y que debo hacer, si es que debo hacer algo: contratos, nóminas, etc…? y en caso de que haya que realizar modificaciones y la chica se niegue ¿qué puedo hacer, ponerlo por escrito?

    Gracias por vuestra ayuda.

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  • Buenos días.
    Mis padres quieren contratar una persona para servicio doméstico, pero su jornada no superará las 10 horas al mes. ¿Es necesario hacer contrato y alta en la Seguridad Social , o se puede dar de alta esta persona como autónomo y ya está?
    Les agradezco su ayuda porque estoy muy perdida en este tema.

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  • hola, yo trabajo en una casa desde hace dos años y medio 12 horas a la semana me pagan 120 euros semanal, osea 10 euros la hora, mas o menos segun el mes unos 500 euros al mes. mi pregunta es la siguiente, que cantidad de dinero tendria que pagar a la seguridad social la persona para la que trabajo y que cantidad tendria que pagar yo mensual. agradezco mucho su ayuda porque tengo muchas dudas y quiero ser justa y que sean justos conmigo. muchas gracias

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